Incapacidades médicas en México


Si ya has chambeado seguramente te ha tocado sufrir de algún imprevisto en tu salud provocando que no puedas desempeñar del todo tu trabajo, solicitando algunas incapacidades médicas. El personal médico adscrito al IMSS es quien expide el certificado de incapacidad, por medio de ese documento legal se hace constar que un trabajador está incapacitado temporalmente para trabajar, de acuerdo al artículo 138 del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS.

incapacidades médicas

¿Pero sabes cuales son las enfermedades que causan o ameritan una incapacidad médica laboral? Pues checa esta nota, puedes estar padeciendo una de estas y seguir yendo al trabajo poniendo más en riesgo tu salud y la de tus compañeros de trabajo.

Enfermedad general.

Cuando un empleado sufre una alteración física o mental, provocada por una lesión orgánica funcional que no es causada por la prestación de los servicios subordinados, y lo imposibilita para el desempeño de sus labores, el Seguro Social le expide un certificado de incapacidad temporal para el trabajo por enfermedad no profesional (o general); significa que el padecimiento no tiene relación con el trabajo.

De acuerdo con el artículo 42 fracción II de la LFT se suspenden temporalmente las labores de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para ninguna de ellas. Este tiempo de suspensión no se contabiliza para la generación de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y PTU, pues estas prestaciones van ligadas proporcionalmente a los días laborados, según los artículos 76, 80, 87 y 123, de la Ley Federal de Trabajo.

 

 

Los asegurados tienen derecho a recibir del IMSS, a partir del cuarto día de inactividad, un subsidio por el equivalente al 60% del último salario base de cotización (SBC) que su patrón hubiese comunicado a dicho Instituto. Artículos 98, de la Ley del Seguro Social.

Dentro de estas enfermedades se encuentran:

  • Lumbaljia.
  • Diabetes.
  • Colon Irritable.
  • Migraña.

Por maternidad.

Es un derecho que tienen las madres trabajadoras en México, se aplica desde la última etapa del embarazo y un tiempo después del parto, sirve para que puedan cuidar a sus bebés. Se dan seis semanas previas al parto y seis semanas después del parto.

Por riesgo de trabajo.

Es para los subordinados que por motivo de las labores prestadas sufran una lesión que los incapacita a proporcionar sus servicios (arts. 42, 43 y 55, LSS y 154, RPM). Después del siniestro el IMSS emite a los individuos certificados por incapacidades médicas a título de probable riesgo hasta en tanto realiza la calificación del riesgo correspondiente.

Cuando se efectúa se señala en los certificados si se trata de un accidente o enfermedad profesional (art. 153, Reglamento de Prestaciones Médicas). Esta acción da lugar a que aquellos durante su incapacidad reciban el 100% de su SBC (salario base cotización) vigente al momento del riesgo (art. 58, LSS).

El artículo 123, apartado A, fracción XV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que los patrones son directamente responsables de los riesgos de trabajo ocurridos a sus trabajadores, ya sea por sus actos u omisiones (se conoce como la teoría clásica del riesgo), cuyas consecuencias están contempladas en la LFT (pago de medicinas, curaciones, salarios e indemnizaciones por las incapacidades sufridas por los siniestrados).

 

 

Pero, al afiliar a los trabajadores ante el IMSS éste subroga a los patrones en el cumplimiento de dichos labores, según el artículo 53 de la LSS.

En una interpretación a contrario del artículo 42, fracción II de la LFT no se suspende la relación laboral cuando un trabajador está incapacitado a causa de un riesgo de trabajo, por lo tanto el propio precepto 127, fracción IV de la LFT precisa que en ese tiempo de incapacidad se considera al colaborador en servicio activo; esto significa que ese tiempo se computa para el pago de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y PTU.

Los empresarios están obligados a cumplir sus deberes sobre medidas de seguridad, higiene y la prevención de riesgos en el trabajo, conforme a las disposiciones de la LFT, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas aplicables (art. 475 BIS, LFT).

Entre estas se encuentran:

  • Dermatosis.
  • Enfermedades de las vías respiratorias producidas por inhalación de gases y vapores.
  • Neumoconiosis.

Recomendaciones

Las empresas deben hablarles a sus empleados de su obligación de entregar los certificados de incapacidades médicas, en un término no mayor de tres días después de su expedición. Esto sirve para llevar un control de faltas justificadas (por incapacidad) y no justificadas del personal, lo cual permite capturar los certificados expedidos por el IMSS en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) y así solo pagar las cuotas relativas al Ramo de Retiro del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y las aportaciones de vivienda, y no cometer el error de presentar un aviso de baja de un trabajador incapacitado (arts. 31, fracc. IV, LSS y 35, fracc. III, Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit).

 

 

Estas enfermedades en su mayoría se pueden evitar pero nuestros malos hábitos hacen que las padezcamos, así que mejor hay que preocuparnos más por tener un buen control de nuestra alimentación y bajarle al estrés laboral.

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