Si acabas de tener a tu bebé pero tienes que regresar a trabajar, conoce este derecho sobre la lactancia materna en el trabajo.
La lactancia materna de acuerdo con la UNICEF, debe ser de al menos 12 meses a partir de que nace tu bebé, pero si trabajas puede que no te sea posible del todo.
Este derecho esta en la Ley Federal del Trabajo, conócela y sácale provecho.
¿Qué es?
La lactancia materna o comúnmente llamado «dar pecho», es la acción de una madre para alimentar a su bebé.
De acuerdo con la UNICEF y la PAHO (Organización Panamericana de la Salud), lo recomendable es que la lactancia materna exclusiva dure hasta los 6 meses de vida del bebé, y a partir de ese tiempo y hasta los 2 años sea una combinación entre fórmula y leche materna.
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Lactancia materna en el trabajo:
¿Qué dice la ley?
Los artículos que tienes que hacer valer son el artículo 166, 167 y 170 de la Ley Federal del Trabajo #LFT.
Durante el embarazo:
- No debes trabajar con materiales químicos, actividades que puedan afectar la salud física y mental tanto de la madre como del bebé.
- No trabajar en horarios después de las 10 de la noche (22:00 hrs).
- Se DEBEN MANTENER el salario, prestaciones y derechos durante el embarazo.
- Descanso de 6 semanas antes del parto, con tu sueldo íntegro.
Después del parto:
- Descanso de 6 semanas después del parto con tu salario íntegro. Este se puede extender si no puedes trabajar por causa del embarazo o parto, hasta un periodo no mayor a 60 días. El tiempo «extra» de descanso se pagará la mitad del sueldo.
Etapa de lactancia:
Durante el periodo de lactancia de hasta 6 meses tienes derecho a:
- 2 descansos por día de media hora cada uno para alimentar a tu bebé. La empresa debe proporcionarte un lugar adecuado para esto.
Extras:
- Los periodos del pre y pos parto se toman en cuenta en la antigüedad laboral.
- Si no ha transcurrido más de un año del parto, podrás regresar al puesto que tenías sin ningún problema.
Acércate a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social:
Teléfono: (55) 2000 5300
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